LA JUBILACIÓN A LOS 67 AÑOS: PUBLICADA EN EL BOE

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Hoy el BOE publica la "Ley 27/2011 sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social", que fue aprobada por el Congreso el pasado 21 de julio tras el trámite parlamentario dando el visto bueno a las enmiendas aprobadas por el Senado; y que recoge la reforma de las pensiones; cuyos efectos más significativos para todos los trabajadores serán el retraso de la edad de jubilación a los 67 años y aumento del periodo de cálculo de la pensión a 25 años.  

Para FSIE la estabilidad y el futuro del sistema de pensiones no se garantizan alargando la edad de jubilación, recortando el importe de la pensión a percibir o imposibilitando en la realidad el acceso a la jubilación parcial anticipada.

 

Mientras seguimos con 4.079.742.parados, este mes de julio, con más de un 40% de paro juvenil y un incremento del IPC del 3,2%. Hay que crear empleo y controlar los precios y sobre estas cuestiones no vemos ninguna luz. Con esos millones de parados trabajando y cotizando a la seguridad social es como podemos garantizar el futuro de las pensiones. 

Más empleo, más incentivos y facilidades para el incremento de la natalidad y la conciliación de la vida familiar y laboral y menos recortes de derechos a los trabajadores y pensionistas. Ese es el camino adecuado.

 

¿QUÉ NOS TRAE ESTA LEY?

La elevación en dos años de la edad legal no se hará de golpe, sino en dos tramos: entre 2013  y 2018, y entre 2019 y 2027. El aumento progresivo de la edad de jubilación no afectará para aquellos que hayan nacido a partir de 1948 pero, por el contrario, los que hayan nacido a partir de 1960 su edad de jubilación serán los 67 años, salvo si tienen 38 años y 6 meses de cotización. Se mantiene la exigencia de un periodo de 15 años de cotización para el acceso al 50 % de una pensión contributiva.

Esta Ley también modifica el periodo de cómputo con el que se calcula la pensión que cobraremos a partir de nuestra jubilación. Actualmente se tienen en cuenta los últimos 15 años de nuestra vida laboral, a partir de 2013 se tendrán en cuenta los 25 últimos años.

La ley establece un sistema de revisión en función de la esperanza de vida y que supondrá una revisión del sistema cada cinco años a partir del año 2027.

 

OTRAS MODIFICACIONES DE LA LEY

- Los trabajadores que realizaron prácticas de formación como becarios computarán hasta de dos años este periodo como cotización para tener acceso a la jubilación.

- Los huérfanos podrán percibir la pensión de orfandad hasta cumplir 21 años.

- Se iniciará la integración de las empleadas de hogar en el Régimen General

- Se aumentará  la pensión de viudedad para mayores de 65 años.

- Se establece un plazo para elaborar la reforma de las mutuas de accidentes de trabajo.

- Se fija un calendario para la recuperación del poder adquisitivo perdido por la congelación de las prestaciones de los pensionistas.

- Las empresas con beneficios que lleven a cabo un ERE compensarán al Estado por el gasto por desempleo.

 

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